< Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito

Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito Artículo 87-C Bis Federal de México


Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito Federal
Artículo 87-C Bis.

Las sociedades financieras de objeto múltiple deberán ser Usuarios de al menos una sociedad de información crediticia, debiendo proporcionar periódicamente la información sobre todos los créditos que otorgue, en los términos previstos por la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia. El cumplimiento de esta obligación deberá constar en su registro ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, en los términos que dicha Comisión establezca a través de disposiciones de carácter general.

Federal de México Artículo 87-C Bis Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito
Artículo 1o ...87‑B Bis 87‑C 87‑C Bis 87‑C Bis 1 87‑D ...103
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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